El entrenador costarricense Hernán Medford, que dirige al Marquense de Guatemala, está metido en una polémica en el fútbol chapín.
El Órgano Disciplinario (OD) dio a conocer que aceptó para su trámite la denuncia que la Liga Nacional de Guatemala interpuso en contra del estratega tico por lo que el proceso seguirá.
El OD ahora escuchará la versión de Medford, quien tendrá tres días para dar su versión y presentar sus pruebas de descargo y así después tomar una decisión sobre el caso.
La Liga Nacional no tomó bien unas palabras del Pelícano, es por eso que pide que sea multado con 100 mil quetzales (cerca de 6 millones y medio de colones) y una suspensión de dos años.
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¿QUÉ DIJO MEDFORD?
El Marquense descendió pero por el formato del torneo en Guatemala sigue con vida para la fase final. Se medirá en cuartos de final a Comunicaciones.
“Tengo la esperanza de los tres puntos, cuando uno tiene la esperanza de pelear, pelea, hay ciertos
resultados que afectan, en estos momentos se puede decir que no alcanza, pero esos tres puntos los ganamos nosotros en el campo, no nos los regaló nadie como a otros”, dijo el tico.
“No me da en la cabeza que estamos matemáticamente descendidos, eso no da, sigo con eso, porque hay posibilidades, mínimas, pero las existen, vamos a recurrir a todas las instancias”, agregó.
“Yo asumo responsabilidades, es increíble que podemos descender, pero también ser campeones, un objetivo puede que no me salga, pero el otro si, igual vamos a pelear los tres puntos, porque vamos a pelear hasta lo último, ya investigué en el TAS y nos los pueden regresar”,
Esto fue lo que resolvió el Órgano Disciplinario:
OCTAVO: Se admite para su trámite la denuncia presentada por el señor DANIEL GUSTAVO JUAREZ GARCIA, Mandatario Judicial con Representación de la entidad denominada LIGA NACIONAL DE FÚTBOL DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA, en contra del señor HERNÁN EVARISTO MEDFORD BRYAN, Director Técnico dela entidad denominada ASOCIACIÓN POR EL DEPORTE MARQUENSE, con fundamento en los Artículos 1, 2, 3, 4,5, 6, 7, 8, 9, 10, 21, 26, 29, 30, 31, 32, 33, 34, 35, 36, 60 y 86 del Reglamento Disciplinario de la Liga Nacional deFútbol de Guatemala.I. Se tiene por recibido el memorial que contiene la denuncia interpuesta, la cual se admite para su trámite;II. Se toma nota de la calidad con la que actúa el presentado, conforme el documento adjunto;III. Se tienen por ofrecidos los medios de prueba individualizados en el memorial de mérito;
IV. Se concede audiencia al señor HERNÁN EVARISTO MEDFORD BRYAN, Director Técnico de la entidaddenominada ASOCIACIÓN POR EL DEPORTE MARQUENSE, por el termino de (03) tres días para que presente sus pruebas de descargo o asuma la actitud legal que estime.