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Las sanciones recayeron en cinco futbolistas, un técnico y cinco clubes.

Las sanciones más fuertes a nivel de instituciones fueron para el Cartaginés y Guanacasteca, quienes deberán cancelar una fuerte multa económica por incumplir con el reglamento. En el caso de los jugadores, Jordan Smith fue sancionado con dos partidos, mientras que Horacio Esquivel, técnico de la ADG, fue suspendido por un encuentro

SANCIONES DE LA JORNADA 8

Municipal Grecia

Al jugador Matthew Bolaños García con un partido de suspensión y una multa de 75.000°° colones de conformidad con lo regulado en el artículo 36 inciso 3 del Reglamento Disciplinario del Fútbol de la Primera División, por impedir una oportunidad manifiesta de gol mediante el empleo de recursos no permitidos (jugar el balón con la mano).

Al jugador Fernando Lesme Lesme con un partido de suspensión y una multa de 75.000°° colones de conformidad con el artículo 35 del Reglamento Disciplinario del Fútbol de la Primera División, por acumular su quinta tarjeta amarilla durante el presente campeonato.

Liga Deportiva Alajuelense

Al club alajuelense con una multa de 75.000°° colones de conformidad con el artículo 73 inciso 2 del Reglamento Disciplinario del Fútbol de la Primera División, debido a la invasión pasiva del público al terreno de juego una vez finalizado el encuentro.

Asociación Deportiva Guanacasteca

Al director técnico Horacio Esquivel Rodríguez con un partido de suspensión y una multa de 75.000°° colones de conformidad con el artículo 36 inciso 1 del Reglamento Disciplinario del Fútbol de la Primera División, por protestar decisiones arbitrales.

Al club guanacasteco se le multó por las siguientes infracciones:

Una multa de 100.000°° colones de conformidad con el artículo 55.1 inciso c) del Reglamento Disciplinario del Fútbol de la Primera División, por permitir el ingreso de objetos no permitidos (bombas de humo).

Una multa de 100.000°° colones de conformidad con el artículo 55.b inciso c) del Reglamento Disciplinario del Fútbol de la Primera División, por permitir el ingreso de objetos no permitidos (banderas de dimensiones no permitidas).

Una multa de 200.000°° colones de conformidad con el artículo 41 inciso 1 del Reglamento Disciplinario del Fútbol de la Primera División, ya que por quinta ocasión en la temporada el club incurre en conducta incorrecta (cinco o más tarjetas en un mismo partido).

Puntarenas FC

Sancionar al jugador Kevin Sancho Ramos con un partido de suspensión y una multa de 75.000°° colones de conformidad con el artículo 34 del Reglamento Disciplinario del Fútbol de la Primera División, por recibir dos tarjetas amarillas en un mismo encuentro.

Al club porteño con una multa de 200.000°° colones de conformidad con el artículo 41 inciso 1 del Reglamento Disciplinario del Fútbol de la Primera División, ya que por sétima ocasión en la temporada el club incurre en conducta incorrecta (cinco o más tarjetas en un mismo partido).

Al jugador Randall Cordero Aguilar del Puntarenas FC con un partido de suspensión y una multa de 75.000°° colones de conformidad con el artículo 35 del Reglamento Disciplinario del Fútbol de la Primera División, por acumular su quinta tarjeta amarilla durante el presente campeonato.

Club Sport Cartaginés

Sancionar al jugador Jordan Smith Wint con dos partidos de suspensión y una multa de 100.000°° colones de conformidad con el artículo 37 inciso 3 del Reglamento Disciplinario del Fútbol de la Primera División, por realizar una entrada a un adversario con uso de fuerza excesiva.

Al club brumoso se le sancionó por las siguientes acciones:

Una multa de 200.000°° colones de conformidad con el artículo 41 inciso 1 del Reglamento Disciplinario del Fútbol de la Primera División, ya que por sétima ocasión en la temporada el club incurre en conducta incorrecta (cinco o más tarjetas en un mismo partido).

o Una multa de 100.000°° colones de conformidad con el artículo 55.1 inciso c) del Reglamento Disciplinario del Fútbol de la Primera División, por permitir el ingreso de objetos no permitidos (bombas de humo).

Club Sport Herediano

Al club florense con una multa de 200.000°° colones de conformidad con el artículo 41 inciso 1 del Reglamento Disciplinario del Fútbol de la Primera División, ya que por tercera ocasión en la temporada el club incurre en conducta incorrecta (cinco o más tarjetas en un mismo partido).

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